Circular Informativa del Área Operativa Nº 40/2024
Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
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Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5608/2024
Se aprueban las normas relativas a la importación y exportación simplificada de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier contenidas en los Anexos I (IF-2024-04209050-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI), II (IF-2024-04209153-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI), III (IF-2024-04209279-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI) y IV (IF-2024-04209371-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI) que se aprueban y forman parte de la presente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317575/20241202
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN POR PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES PSP/COURIER
Decreto 1065/2024
Se establece que la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de CINCO (5) envíos por año y por persona, queda desgravada del derecho de importación y exenta del pago de la tasa de estadística, hasta un valor FOB equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS (USD 400) por envío. Cuando dichos envíos excedieren el valor o el cupo mencionados, el excedente no quedará alcanzado por los beneficios previstos en el presente decreto.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317546/20241202
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 8137 - Exterior y Cambios. Adecuaciones.
Se extiende de 15 a 30 días corridos el plazo para el ingreso y liquidación de cobros de exportaciones de trigo, maíz, soja, y de harina, aceite y pellets de soja; Se amplía de 5 días a 20 días hábiles el plazo para ingresar y liquidar divisas desde su cobro o percepción; los exportadores tendrán 20 días hábiles para liquidar anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones de exportaciones (antes 5 días); Se reduce a 30 días (antes 90 días) el plazo para pagos al exterior bajo el concepto S24 (Servicios culturales, personales y recreativos) para servicios prestados y/o devengados a partir del 29/11/24 y es posible justificar una tenencia superior a USD 100.000 en el exterior, cuando los fondos se hayan originado por endeudamiento financiero en los últimos 180 días., manteniendo el acceso al Mercado de Cambios, a partir del 29/11/24.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8137.pdf
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN
Disposición 23/2024
Se actualizan a partir de la fecha de su publicación, los aranceles de los servicios correspondientes a la emisión del Certificado de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad (C.H.A.S.), los cuales conforman la oferta tecnológica que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), los que como Anexo I (IF-2024-124657367-APN-SOIYC#INTI) forman parte integrante de la presente Disposición.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317480/20241128
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5607/2024
Se modifica la Resolución General N° 3.537 (AFIP) que aprobó el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario Nº 883” con el objetivo de adecuar la nómina de actividades y reflejar correctamente la evolución digital y las nuevas modalidades de negocio en el actual contexto económico y financiero.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317523/20241129
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5606/2024
Se adecúan requisitos y establece un procedimiento para adherir al uso del servicio de “Tramitación Automática de Oficios (TAO)” como herramienta informática para la recepción, gestión y respuesta automática de oficios judiciales cursados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317522/20241129
PODER EJECUTIVO
Decreto 1057/2024
Se reglamenta los artículos de la Ley Nº 27.742 con la finalidad de flexibilizar determinadas etapas de la actividad hidrocarburífera para permitir un mayor desarrollo de la exploración, la explotación y la exportación de petróleo y gas, y mejorar la competencia y la transparencia; además de las importaciones y exportaciones de gas y se promueven nuevas actividades, tales como la producción de Gas Natural Licuado (GNL) y el almacenamiento subterráneo de gas natural en yacimientos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317497/20241129
Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo, copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además, autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.
CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
3 de Diciembre del 2024