Circular Informativa del Área Operativa Nº42/2024
Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
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Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5613/2024
Se incorpora al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la autorización de importación de mercadería con el beneficio de reposición de stock emitida por la Subsecretaría de Comercio Exterior de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía -artículo 29 bis del Decreto N° 1.330 del 30 de septiembre del 2004 y sus modificatorios-.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318150/20241213
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5615/2024
La obligación de ingreso de las percepciones del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) practicadas entre los días 8 al 15 de diciembre de 2024, ambas fechas inclusive, cuyo vencimiento opera el 18 de diciembre de 2024, podrá cumplirse -en sustitución de lo previsto en el artículo 7° de la Resolución General N° 4.659, sus modificatorias y complementarias hasta el 26 de diciembre de 2024, inclusive.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318225/20241216
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1358/2024
Aquellas operaciones de importación a consumo de bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes destinados al proyecto de inversión del Vehículo de Proyecto Único (VPU) que se efectuaren durante el plazo comprendido entre la fecha de interposición de la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), en los términos del artículo 3° inciso d) del anexo aprobado por el Decreto N° 749/2024 y sus modificatorios, y la fecha de emisión del acto administrativo correspondiente, deberán tramitarse ante la Dirección General de Aduanas (DGA) dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318006/20241211
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 18 CELEBRADO ENTRE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY. Se publican los siguientes acuerdos enumerados en la presente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318166/20241213
MINISTERIO DE ECONOMÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGLAMENTOS TÉCNICOS
Disposición 3/2024
Se aprueban los requisitos y procedimientos de evaluación de la conformidad que deberán cumplir los productos de Acero listados en el Anexo II del Reglamento Técnico de Materiales para la Construcción aprobado mediante Resolución 236 de fecha 29 de agosto de 2024 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que se detallan en el Anexo (IF-2024-136336417-APN-DNRT#MEC) que forma parte integrante de la presente medida.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318160/20241213
MINISTERIO DE ECONOMÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGLAMENTOS TÉCNICOS
Disposición 2/2024
Se aprueban los requisitos y procedimientos de evaluación de la conformidad que deberán cumplir los tableros compensados de madera listados en el Anexo II del Reglamento Técnico de Materiales para la Construcción aprobado mediante Resolución N° 236 de fecha 29 de agosto de 2024 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que se detallan en el Anexo (IF-2024-136303039-APN-DNRT#MEC) que forma parte integrante de la presente medida.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/318159/20241213
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 8153 - Exterior y Cambios. Adecuaciones.
Reemplazar con vigencia a partir del 01/01/25 el inciso iii) del punto 2.2.2.1. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, referido a la excepción de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de servicios por parte de las personas humanas, por el siguiente: "iii) El cliente no ha utilizado este mecanismo por un monto superior al equivalente de USD 36.000 (dólares estadounidenses treinta y seis mil) en el año calendario, en el conjunto de las entidades y por el conjunto de los conceptos comprendidos.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8153.pdf
Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo, copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además, autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.
CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
17 de diciembre del 2024