El BCRA flexibiliza plazos de pagos de importaciones
Com. A 8133 (BCRA) – Exterior y Cambios – Adecuaciones
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Com. A 8133 (BCRA) – Exterior y Cambios – Adecuaciones
Con fecha 21/11/24, se publicó la Comunicación “A” 8133, por el cual el BCRA ha dispuesto, en lo que respecta a pago de importaciones, lo siguiente:
Se autoriza el uso de fondos propios (en USD) para realizar pagos anticipados/vista a proveedores del exterior, según el siguiente detalle:
El Central autoriza a los importadores de servicios a pagar por anticipado, tanto con fondos propios, como con dólares que obtengan de la venta de esos servicios en moneda extranjera.
Tener en cuenta:
Nota: Sigue vigente lo normado en la Comunicación “A”7030, el plazo de 90 días para que quien compró dólar MEP pueda acceder al Mercado de Cambios y viceversa (parking).
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