Se creó un régimen de disponibilidad de divisas para exportadores de servicios
Comunicación “A” 7518 (BCRA) – Exterior y Cambios
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Comunicación “A” 7518 (BCRA) – Exterior y Cambios
Con fecha 02/06/2022, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación “A” 7518, ha establecido que las personas que exportan servicios, podrán disponer de hasta 12.000 dólares anuales en cuentas en entidades financieras locales sin requisito de liquidación en pesos. El beneficio se extiende a las empresas del sector, que tendrán disponibilidad de divisas para el pago salarial por un porcentaje del incremento de las ventas externas que realicen este año respecto de 2021.
El régimen de excepción a la obligación de liquidación de divisas para los cobros de exportaciones de servicios por ciertos conceptos es retroactivo al 1 de enero, por lo que se podrá disponer hasta fin de año del total anual.
Este mecanismo podrá ser utilizado sólo en la medida en que:
Los conceptos de las exportaciones de servicios considerados en la norma son:
S01 - Mantenimiento y reparaciones
S07 - Servicios de construcción
S12 - Servicios de telecomunicaciones
S13 - Servicios de informática
S14 - Servicios de información
S15 - Cargos por el uso de la propiedad intelectual
S16 - Servicios de investigación y desarrollo
S17 - Servicios jurídicos, contables y gerenciales
S18 - Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
S19 - Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
S21 - Servicios relacionados con el comercio
S22 - Otros servicios empresariales
S23 - Servicios audiovisuales y conexos
S24 - Otros servicios personales, culturales y recreativos
S27 - Otros servicios de salud.
El BCRA está desarrollando un sistema online que pondrá a disposición de las entidades financieras para controlar la utilización de este mecanismo.
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Fuente: Banco Central de la República Argentina (BCRA)